viernes, 7 de mayo de 2010

TASA DE USURA

Se considera usura la tasa de interés que se cobra por un crédito que supere el 50% del interés corriente vigente para el periodo en cuestión. La tasa de usura es el límite máximo con el que un particular o una entidad financiera pueden cobrar por intereses sobre un préstamo.

La tasa de usura, como ya se explico, corresponde a una tasa superior en la mitad a la tasa de interés corriente que cobran los bancos por sus créditos de libre asignación. Siendo así las cosas, quien fija la tasa de usura no es la Superintendencia financiera como se suele creer, sino el mismo mercado financiero. La Superintendencia financiera lo que hace es certificar, mas no fijar.

La Superintendencia certifica tanto el interés corriente como la tasa de usura. Ya sabemos que la tasa de usura no es otra que el resultado de multiplicar el interés bancario corriente por 1.5 y que el interés corriente es resultado del comportamiento que tienen en el mercado los créditos otorgados por los bancos, mercado financiero que a su ves esta afectado por las políticas del Banco de la Republica, por lo que la Superintendencia no puede hacer otra cosa que certificar lo que en la realidad ocurre con los intereses cobrados por las entidades bancarias. La Superintendencia certifica los intereses que se cobran, mas no los intereses son cobrados con base a la certificación de la Superintendencia.

TASA PREFERENCIAL

La Tasa Preferencial es la tasa de interés que los bancos principales cobran a sus mejores prestatarios corporativos. Cada banco fija su Tasa Preferencial; sin embargo, debido la competitividad de las tasas de interés, la mayoría de las tasas son las mismas para todos los bancos. La Tasa Preferencial es informada diariamente en muchas publicaciones, incluyendo The Wall Street Journal.

Para los préstamos al consumidor, incluyendo las tarjetas de crédito, los bancos y otros prestamistas a menudo utilizan la Tasa Preferencial como base para calcular las tasas de interés variables. Por ejemplo, una tarjeta de crédito puede tener una tasa de porcentaje anual (APR) equivalente a la Tasa Preferencial + 7.4%. Si la tasa preferencial hoy es de 9.5%, la tasa de interés del préstamo será 16.9% (9.5% + 7.4% = 16.9%). Si la Tasa Preferencial cae a 8.5% cuando el precio del préstamo sea evaluado nuevamente, la tasa de interés del préstamo se reducirá a 15.9% (8.5% + 7.4% = 15.9%).